Antonio N., ex secretario de Salud, intentará declararse culpable en su primer juicio – El Occidental

El ex secretario de Salud, Antonio N., solicitó un proceso abreviado y este martes comparecerá ante un juez para declararse culpable. Su pena no podrá exceder los cinco años de prisión y además podría alcanzar un beneficio extra que contempla la ley en estos casos, al restarle la mitad de la pena mínima contemplada para el delito de mayor gravedad.

Desde diciembre del 2019 le dictaron arresto domiciliario, pero fue el 13 de abril del 2021 cuando le dictaron la medida cautelar de prisión preventiva por considerar que no estaba respetando la primera.

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Ahora, a pesar de este acuerdo, no podrá abandonar la prisión ya que tiene al menos otros dos juicios en su contra. El otro de ellos es en el Juzgado Noveno de Control y Oralidad a cargo del juez Antonio Nava Pérez, quien le dictó inicialmente medidas cautelares como resguardo domiciliario, presentación periódica a firmar, y prohibición para salir del estado. Sin embargo, al detectarse que incumplía le dictaron seis meses de prisión preventiva.

El otro juicio en su contra es por el uso indebido de atribuciones y facultades en la compra irregular de equipos de vigilancia para unidades hospitalarias de Jalisco. También le dictaron en su momento seis meses de prisión preventiva.

Fue el Juez Octavo de Control, Enjuiciamiento y Justicia Integral para Adolescentes, Javier García Muñoz, quien mediante oficio solicitó su ex carcelamiento para este martes a fin de que comparezca ante él a las 12 del día, en una audiencia de procedimiento abreviado en las instalaciones de los juzgados de Control y de Juicio Oral, a la altura del kilómetro 17.5 de la carretera libre a Zapotlanejo.

En contra del médico, al que se le llegó a conocer como el rey de los amparos por los cerca de 100 juicios de garantías que tramitó su abogado, todavía existen un total 13 carpetas de investigación abiertas por el presunto desfalco de 605 millones de pesos.

De acuerdo al Artículo 201 del Código Nacional de Procedimientos Penales Federales, el agente del Ministerio Público solicitó ya el procedimiento y formuló la acusación, exponiendo datos de prueba que la sustentan. Enunció los hechos que se atribuyen al acusado, su clasificación jurídica y grado de intervención, así como las penas y el monto de reparación del daño.

Para que prospere, ni la víctima ni el acusado deberán presentar oposición y el amputado deberá reconocer que está debidamente informado de su derecho a un juicio oral y de los alcances del procedimiento abreviado; expresar su renuncie al juicio oral; consentir la aplicación del procedimiento abreviado y admitir su responsabilidad por el delito que se le imputa, además de aceptar ser sentenciado con base en los medios de convicción que exponga el Ministerio Público al formular la acusación.

El juzgador deberá de emitir la sentencia en las siguientes 48 horas y la pena no podrá ser distinta o de mayor alcance a la que fue solicitada por el Ministerio Público y aceptada por el acusado, según el artículo 206 del mismo código.

Además el juez deberá fijar el monto de la reparación del daño, para lo cual deberá expresar las razones para aceptar o rechazar las objeciones que en su caso haya formulado la víctima u ofendido.

El artículo 202 del Código Nacional de Procedimientos Penales Federal señala que la sanción por delito doloso deberá ser sancionado con pena de prisión cuya media aritmética no exceda de cinco años de prisión, incluidas sus calificativas atenuantes o agravantes, y el Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta una mitad de la pena mínima en los casos de delitos dolosos.

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